Una madre y tres de sus hijos fueron sentenciados ayer a 15 años de prisión cada uno por el delito de privación ilegal de la libertad con penalidad agravada, tras ser encontrados responsables de mantener cautivas a cinco personas migrantes, en el fraccionamiento Urbivilla.
Mientras la jueza Alejandra Marín daba lectura a la resolución durante la audiencia de individualización de sanciones, Aracely T. F. y sus hijos Hilda Aracely C.T., Tania Dalay C.T. y Víctor Alfredo C.T. permanecieron tomados de las manos en el área destinada a los acusados. Al conocer la pena impuesta, una de las mujeres se llevó las manos al rostro.
El fallo condenatorio había sido emitido un día antes, el martes 30 de junio, por el delito de privación ilegal de la libertad con penalidad agravada. Ayer correspondió al Tribunal fijar las sanciones que deberá cumplir cada uno de los cuatro integrantes de la familia.
Las víctimas fueron cinco personas migrantes: cuatro integrantes de una familia originaria de Ecuador y una persona mexicana que también tenía condición de migrante. Entre ellas se encontraban dos menores de edad.
Durante la audiencia, la jueza explicó que el Código Penal contempla para el delito de privación ilegal de la libertad una pena de dos a seis años de prisión. Sin embargo, al tratarse de un caso con penalidad agravada, la sanción aumenta en un 50 por ciento. La juzgadora determinó imponer tres años de prisión por cada una de las cinco víctimas, para un total de 15 años de cárcel a cada uno de los sentenciados.
Al explicar la individualización de las sanciones, Marín señaló que no existían elementos suficientes para imponer la pena máxima solicitada por el Ministerio Público.
Entre las razones expuestas indicó que no se acreditó el tiempo exacto durante el cual las víctimas permanecieron privadas de la libertad y tampoco se demostró que la conducta hubiera sido sanguinaria o de extrema violencia.
Durante la audiencia también se dio a conocer que únicamente a dos de las cinco víctimas se les practicaron peritajes.
La representación social había solicitado la pena máxima al considerar que el delito fue cometido de manera dolosa. Además, pidió una reparación del daño por 43 mil 200 pesos para cada una de las víctimas, recurso destinado a cubrir 48 sesiones de atención psicológica, con un costo de 900 pesos por consulta.
Por su parte, la defensa solicitó la pena mínima prevista para el delito. Argumentó que las víctimas no comparecieron ante el Tribunal, que no se acreditaron lesiones y que tampoco existían pruebas de una violencia extraordinaria o sanguinaria, por lo que pidió reducir tanto la condena de prisión como la reparación del daño.
La jueza impuso una reparación del daño genérica, cuyo monto será definido en una etapa posterior del procedimiento.