Ciudad de México.- Una nueva ofensiva fiscal del Servicio Administración Tributaria (SAT) pondrá a prueba la supervivencia de las empresas en el 2026, pues si una operación les es cuestionada, el emisor de la factura que la ampara deberá probar de manera "irrefutable" a la autoridad y en una vista domiciliaria exprés de sólo 5 días que la transacción ocurrió en realidad, o le serán cancelados sus sellos digitales, con lo que dejaría de operar.

Luz María Guerra, directora de la firma Sistema Inteligente de Administración y de Control (SIAC), advirtió que la medida está contemplada en la propuesta de reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) para el 2026, en la que busca ampliar la herramienta estrella del SAT que ha sido el artículo 69B, con el cual se elaboran las listas negras de EFOS (empresas factureras).

"¿Una factura timbrada por el SAT puede ser falsa? La respuesta que busca establecer la ley es un sí categórico y queda claro que el timbrado es únicamente un requisito formal, pero la validez real de un comprobante dependerá exclusivamente de que la operación amparada se haya realizado en la realidad", indicó.

"A partir de una notificación del SAT, el contribuyente tendrá apenas cinco días hábiles para localizar, reunir, organizar y entregar todas las pruebas que demuestren la existencia real de la operación. Estas nuevas facultades están diseñadas para actuar a una velocidad inédita".

Consideró que será un "caos" para las empresas, que deberán buscar correos, contratos, bitácoras, entregables (escritos), fotografías, documentos dispersos en diferentes áreas de la empresa, mientras el reloj corre y la facturación está detenida.

"Una tarea prácticamente imposible si no se cuenta con preparación previa", advirtió.

"El artículo 69B del CFF se enfoca en determinar si toda una empresa es considerada "facturera", es decir, si carece de activos, personal o estructura, pero las nuevas atribuciones funcionan como un bisturí: la autoridad ya no necesita irse contra la totalidad de una organización, ahora puede poner en duda una sola operación específica, incluso de millones de pesos entre dos negocios aparentemente legítimos".

Explicó que el proceso inicia con una notificación formal del SAT, pero de inmediato llega el golpe, al mismo tiempo, la autoridad suspende los sellos digitales del contribuyente.

"Esto resulta devastador, ya que con una mera sospecha, antes de que la empresa pueda reaccionar, queda imposibilitada para facturar y, en consecuencia, paraliza su operación desde el primer minuto", añadió.

"Ahora, si una operación es cuestionada, el emisor de la factura tendrá la carga de probar, de manera irrefutable, que esa transacción ocurrió en la realidad. Y lo más grave: deberá hacerlo a contrarreloj, en un procedimiento de auditoría sumamente acelerado".

Consideró que, de aprobarse la reforma al CFF, surgiría una figura inédita que es una especie de visita domiciliaria exprés.

"La presión del proceso se resume en un solo dato: a partir de la notificación, el contribuyente tiene apenas cinco días hábiles para localizar, reunir, organizar y entregar todas las pruebas que demuestren la existencia real de la operación".

El NORTE publicó que la nueva Ley de Amparo impulsada por el Gobierno federal, podría propiciar mayor riesgo regulatorio para las empresas e impactaría una amplia gama de actividades y sectores económicos, según Fitch Ratings.

La firma explicó que el proyecto de ley limitaría la capacidad de los tribunales para suspender actos administrativos y reducir los recursos de elegibilidad.