Sin modificaciones de fondo, la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados aprobó una reforma que sanciona con hasta 4.6 millones de pesos a proveedores de servicios de internet que omitan retirar contenidos como obras, imágenes, voces, videogramas o fonogramas modificados o alterados sin autorización mediante inteligencia artificial u otras herramientas tecnológicas.

El proyecto fue aprobado con 18 votos a favor y 6 en contra, modifica el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Su objetivo es hacer corresponsables a los proveedores de servicios de intenet de las infracciones cometidas en los entornos digitales incorporando un esquema de responsabilidad secundaria.

Esta reforma ha sido llamada "antimemes", por el uso que se le pueda dar para censurar expresiones de critica al Gobierno.

La reforma propuesta por la titular del Ejecutivo federal, que se prevé sea discutido hoy mismo por el Pleno, exige a los proveedores una política que prevea la terminación de la provisión del servicio a infractores reincidentes, la cual deberá ser de conocimiento público de sus usuarios.

Además, atribuye responsabilidad al proveedor por las infracciones cometidas por las personas usuarias de sus servicios cuando "contribuya, induzca o cause la conducta infractora, y tenga conocimiento de la misma.

Plantea también sanciones que van de 117 mil 310 pesos a más de 4 millones 692 mil pesos, las cuales serán establecidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, así como una multa adicional de 100 y hasta 500 UMA a quien persista en la infracción.

El dictamen reconoce que los intermediarios digitales desempeñan un papel central en la difusión de contenidos de internet, por lo que es indispensable que asuman un nivel adecuado de corresponsabilidad en la protección de los derechos de autor.

El documento aprobado contiene dos modificaciones.

La primera, para precisar que la política de terminación de servicios a la quedarán obligados los proveedores de servicios de internet para infractores reincidentes deberá hacerse de conocimiento público de los usuarios mediante la publicación permanente en el servicio de internet del proveedor y mediante su incorporación a los términos y condiciones de la prestación de servicios.

Además, indica que dicha política deberá contener mecanismos mínimos de notificación al usuario.

El dictamen modifica también el régimen transitorio, para señalar un plazo de 180 días naturales después de su publicación para su entrada en vigor al considerar que la reforma impone a proveedores la necesidad de realizar ajustes operativos para cumplir con el nuevo régimen de responsabilidad secundaria.

La propuesta fue aprobada en lo general sin discusión del tema y sólo se dieron a conocer dos reservas del PAN, las cuales fueron rechazadas.
Con ello, el dictamen pasó directo al pleno para su discusión.