“Nosotros tenemos un amparo por las cantidades que estamos litigando y ellos –el IMSS- todavía tienen la revisión. Una vez que resuelvan ambos, ya queda firme (la sentencia); es decir, que ya no queda nada más que proceder al pago; por lo general tenemos que recurrir al amparo para que paguen”, señaló Judith Sáenz, quien junto con Omar Pérez, acompaña legalmente a los familiares de la víctima.
De acuerdo con la abogada, en este tipo de asuntos, primero está el juicio ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA), donde determinan si el Estado es responsable y reconoce el derecho de la persona afectada a ser indemnizada.
Posteriormente, tanto la autoridad como la parte actora pueden interponer los medios de defensa que la ley prevé (revisión y amparo), principalmente para revisar la legalidad del fallo o los criterios para cuantificar la indemnización.
Solo cuando estos medios están agotados y la sentencia queda firme, es decir, cuando ya no existe ningún recurso pendiente, abren la etapa de cumplimiento.
En teoría, una vez firme la sentencia, la autoridad está legalmente obligada a pagar la indemnización reconocida, conforme a lo dispuesto en el artículo 113 constitucional, que establece la responsabilidad patrimonial del Estado, además de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que regula el derecho a la indemnización y las leyes procesales administrativas, que obligan a las autoridades a cumplir las sentencias.
Sin embargo, en la práctica es común que las autoridades no cumplan voluntariamente con el pago, aun cuando la sentencia ya sea definitiva. Ante esa negativa u omisión, la ley prevé mecanismos para obligarlas.
En estos casos, la persona afectada puede promover una queja ante el tribunal y juicios de amparo por incumplimiento de sentencia, cuando la autoridad desacata una resolución firme.
Estos medios tienen como finalidad forzar legalmente a la autoridad a pagar, e incluso pueden derivar en sanciones para los servidores públicos responsables, hasta que realicen el pago correspondiente.
Cabe señalar que ante este suceso, el área de Comunicación Social del IMSS no dio un posicionamiento al respecto hasta el cierre de esta edición.
Los hechos ocurrieron el 11 de mayo de 2023 a las 3:56 de la tarde, cuando la víctima ingresó al servicio de Urgencias en donde solamente le hicieron un prediagnóstico que indicaba que tenía una hernia abdominal incarcerada, misma que ocurre cuando una parte del intestino u otro tejido queda atrapada en el saco herniario, impidiendo que regrese al abdomen, lo que causa dolor, hinchazón, náuseas y vómitos.
La falta de cupo y empatía por parte de las autoridades médicas del IMSS lograron que la defunción del afectado fuera declarada a la una de la madrugada, según dicta la sentencia.