Chihuahua, Chih.- Pese a contar con una suspensión definitiva que lo ampara, el exjuez penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Luis Francisco León Merino, no ha sido indemnizado conforme a derecho por la negativa del Órgano de Administración del Poder Judicial del Estado (PJE) de cumplir a cabalidad con dicha orden judicial.
En entrevista para El Diario, el doctor en Derecho destacó que cuenta con una trayectoria profesional de más de 26 años, 18 de ellos dentro del Tribunal donde fue secretario de primera y segunda instancia; juez penal del sistema tradicional; del tribunal oral para adultos en delitos del fuero común y de competencia concurrente; especializado en justicia penal para adolescentes; del tribunal de tratamiento de adicciones y del tribunal de violencia familiar.
Expuso que en su momento la entonces magistrada presidenta, Myriam Hernández Acosta, les informó que Chihuahua implementaría la reforma en 2027; sin embargo, el Congreso aprobó la reforma constitucional que estableció la elección de personas juzgadoras en el estado en 2025.
Ante dicho escenario optó por declinar su participación en el proceso electoral; sin embargo, al revisar la reforma local advirtió que había un atropello a sus derechos laborales, pues establecía criterios diferentes a la Constitución General en materia de indemnizaciones para los funcionarios judiciales.
El decreto que reformó la Constitución en materia del Poder Judicial Federal estableció que ministros, magistrados y jueces que concluyeran su encargo por haber declinado su candidatura o no resultar electos para un nuevo periodo serían acreedores “al pago de un importe equivalente a tres meses de salario integrado y de 20 días de salario por cada año de servicio prestado, así como a las demás prestaciones a que tengan derecho".
Por lo contrario, en lo local, el Legislativo señaló que las personas juzgadoras titulares que no puedan acceder a una pensión o jubilación, en los términos de la Ley de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua, recibirían el pago de un finiquito “por el importe equivalente a tres meses de sueldo base y demás prestaciones laborales ordinarias".
Tras analizar la situación y dialogar con su hija adolescente y la madre de ésta, entre enero y febrero de este año decidió presentar un juicio de amparo en representación de la menor para garantizar el pago suficiente que le permitiera cubrir sus necesidades. Incluso dijo que habló sobre el tema con Myriam Hernández, quien le dio el visto bueno.
En marzo, la jueza Décimo de Distrito, Madhay Soto Morales, admitió la demanda y concedió la suspensión provisional, originalmente, para que al juez no lo retiraran de su cargo en tanto resolvieran el juicio. Poco antes de la elección le otorgó la suspensión definitiva.
No obstante, el Estado fue omiso y sometió su plaza a elección. De León supo también que la presidenta había promovido un recurso de revisión contra dicha suspensión, lo que tomó como una traición, pues ya habían tratado el tema previamente.
Por este motivo, fue con la jueza de Distrito para solicitarle que cambiara la suspensión en tres vertientes, que no le retiraran el servicio médico a su hija, que le permitieran ejercer como abogado y que lo liquidaran conforme a las disposiciones constitucionales.
Explicó que la suspensión derivada del amparo 41/2025VI-1 quedó firme en julio. En ella, la jueza ordenó a las autoridades realizar el pago “en el momento de la separación del cargo, de la pensión complementaria proporcional al 60 por ciento, así como el finiquito completo conforme al régimen previo: tres meses de salario integral (incluyendo la compensación), más 20 días de sueldo por año trabajado, y demás prestaciones de ley”.
También que garantizaran la continuidad del servicio médico a su hija y sus beneficiarios y que, al separarse del cargo, la limitante temporal del ejercicio de la abogacía fuera reducida a un año, y sólo respecto a ejercer su profesión en el tribunal al cual estaba adscrito como juzgador los últimos años de su encargo.
Al llegar el 1 de septiembre, fecha en que entraron en funciones los nuevos jueces y magistrados, el TSJ no cumplió con el pago de su liquidación; fue hasta el día 9 cuando lo citaron en Recursos Humanos pero sólo le entregaron tres meses de salario base, desacatando una vez más la suspensión.
De nueva cuenta, De León acudió con la jueza de Distrito, quien solicitó informes a la presidenta del TSJ, Marcela Herrera Sandoval, y a la titular del Órgano de Administración, Karla Esmeralda Reyes Orozco.
Ésta última envió el informe en el que manifestaba, primero, que la parte quejosa aún contaba con servicio de Pensiones y no tenía impedimento para trabajar.
En cuanto a la liquidación, señaló que contaban con la partida presupuestal 15201 relativa a indemnizaciones, lo que demuestra que existe una reserva presupuestaria para atender los juicios de amparo que han promovido diversas personas juzgadoras, incluido el doctor De León.
Sin embargo, expuso que no fue entregado el monto conforme a la suspensión, ya que de hacerlo dejarían sin materia el juicio de amparo al haber satisfecho en definitiva la pretensión principal, es decir, el pago completo de la indemnización a la que el exjuez dice tener derecho.
Mientras que ayer, la presidenta del TSJ respondió en su informe que carece de facultades en la materia al ser un asunto que corresponde al Órgano de Administración.
En este tenor, el quejoso subrayó que la orden de la jueza de Distrito causó estado y debe cumplirse. “Están apelando un resolución firme, dando justificaciones para no liquidarme conforme a la ley”.
Hizo hincapié que el amparo fue promovido sólo para salvaguardar el bienestar de su hija, ya que cuenta con ingresos impartiendo clases en la Universidad de Durango, su salario de juez le permitía pagar su educación, servicios, actividades curriculares, atención médica y otras necesidades básicas.
Reiteró que en ningún momento tuvo intención de pelear contra la reforma o aferrarse al cargo de juez, pues tiene claro que el servicio público es transitorio.
Tampoco tiene intereses políticos y nunca los tuvo durante el ejercicio de su función, en el cual, añadió, jamás recibió denuncias o señalamientos por corrupción, carencia de competencia o maltrato a la sociedad.
Dijo sentirse sorprendido que la presidenta del Órgano de Administración no ponderara el bien superior del menor pues ella fue magistrada familiar y trabajó en temas de violencia de género.
Indicó que no acatar una orden judicial puede tener consecuencias administrativas y penales y ya solicitó al Juzgado de Distrito dar vista al Ministerio Público Federal para que determine si existen delitos, así como al Tribunal de Disciplina Judicial para que investigue el caso.