Chihuahua, Chih.- La corrida de toros programada para el 14 de septiembre en San Nicolás de las Carretas, Gran Morelos, fue suspendida por orden del Juzgado Segundo de Distrito, explicó ayer Susana Acosta, representante de personas y colectivos defensores de los derechos de los animales, quienes interpusieron el recurso de amparo contra la realización de este evento.
La medida fue otorgada con fundamento en los artículos 125, 128, 138 y 139 de la Ley de Amparo, al considerar que la parte quejosa presentó la solicitud sin que ello implique perjuicio al interés social ni contravenga disposiciones de orden público.
El juzgado también tomó en cuenta la naturaleza del acto reclamado, relacionado con una posible afectación al medio ambiente.
“Sí es importante que la gente tenga conocimiento de que esta sentencia aplica en todo el estado, no sólo en un municipio. El hecho de que algunas autoridades no estén cumpliendo con esta obligación representa una omisión relevante en el respeto a los derechos reconocidos por la legislación estatal, nacional e internacional”
Susana Acosta, Representante de colectivos proderechos de los animales
Como efecto de la resolución, las autoridades tanto municipales como estatales deberán abstenerse de ejecutar el acto impugnado y suspender de manera inmediata la realización de la corrida de toros, el rejoneo y el otorgamiento de permisos relacionados con dicho espectáculo.
La suspensión surte efectos inmediatos y permanecerá vigente hasta que emitan una resolución sobre la suspensión definitiva.
La abogada Susana Acosta, representante de la parte quejosa, explicó que la cancelación incluye a diversas autoridades municipales y estatales.
“Considera una suspensión provisional para el efecto de que se abstengan las autoridades a las que les reclaman, como los presidentes municipales y demás autoridades estatales como la Secretaría de Salud, de Economía y de Ecología, porque no tienen competencia para autorizar actos que contravengan la Ley de Bienestar Animal”, señaló.
Agregó que la orden judicial es clara al establecer que el municipio de San Nicolás de las Carretas no debe permitir la celebración del evento ni otorgar permisos relacionados y que la medida tiene efecto inmediato.
“Esta orden de suspensión es efectiva ya, en este momento. Cualquier evento taurino debe ser detenido”, afirmó.
Sobre las consecuencias del incumplimiento, Acosta indicó que las autoridades responsables, al ser servidores públicos, podrían enfrentar sanciones que van desde responsabilidades administrativas hasta la inhabilitación para ejercer el cargo.
En caso de desobediencia reiterada, explicó que incluso pueden recurrir al uso de la fuerza pública, como ocurrió en una situación similar en noviembre del año anterior.
La abogada también precisó que la medida fue concedida por el Juzgado Segundo de Distrito y que la resolución está alineada con la emitida en la queja 348/2024, resuelta por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoséptimo Circuito, con sede en Chihuahua, el 27 de noviembre de 2024.
En cuanto a la aplicación de esta medida en otras regiones del estado, Acosta aclaró que si bien Ciudad Juárez pertenece a un distrito judicial distinto, el amparo obtenido en el juicio 2425/2024 tiene efectos para todo el estado de Chihuahua.
Subrayó que todas las autoridades estatales y municipales tienen la obligación de acatar tanto la legislación local como los tratados internacionales en materia de bienestar animal.
“Sí es importante que la gente tenga conocimiento de que esta sentencia aplica en todo el estado, no sólo en un municipio. El hecho de que algunas autoridades no estén cumpliendo con esta obligación representa una omisión relevante en el respeto a los derechos reconocidos por la legislación estatal, nacional e internacional”, concluyó.