Al mismo tiempo que el juez Víctor Iván Rodríguez Trejo sentenció a cuatro años y 10 meses de prisión al sacerdote Eliseo R. S. por abuso sexual infantil, exhortó a la Diócesis de Ciudad Juárez a revisar sus protocolos de interacción entre religiosos y menores de edad, a limitar la práctica de confesiones privadas con menores de edad y a reconocer públicamente “la obligación moral y social de proteger a la infancia y adolescencia”.
“El sentenciado (se) valió del rol sacerdotal, un contexto sagrado, con uso de rituales religiosos (la confesión), manipulando la fe y el respeto que la víctima le tenía como figura de autoridad espiritual”, valoró el resolutor como uno de los marcadores evaluados para definir la sentencia de prisión.
La justicia llega 12 años después, pero llegó. Fue el 2 de junio de 2013 en que la víctima sufrió de los tocamientos del sacerdote. Ella, menor de edad, había ido a la iglesia para confesarse, para cumplir con ese requisito antes de su Primera Comunión.
Estaban sólo el sacerdote y ella. Él se acercó a ella y cometió el abuso que no se describirá por principio de no revictimización. La niña, al denunciar, relató que el hombre tenía la respiración agitada y no la dejó confesarse sino hasta que, coincidentemente, su respiración se calmó. Le pidió entonces continuar con su confesión, pero ella no quería seguir, ya era incómodo estar ahí.
Esa actuación “pone de manifiesto una estrategia de control y sometimiento. Este tipo de conductas revelan un ejercicio de poder basado en la manipulación psicológica y emocional, con el objetivo de desensibilizar a la víctima frente a los actos abusivos”, valoró el resolutor.
“Estas circunstancias colocan a la niña víctima en una posición de vulnerabilidad estructural, por su edad, y como ya se refirió, por las barreras sociales, educativas y de falta de redes de apoyo, que influyen en que al momento de su narración se advierta confusión”, continuó. Esa confusión, sin embargo, no influyó en que diera otras referencias que permitieran ubicar en tiempo y espacio lo ocurrido.
La víctima relató también que los hechos ocurrieron en la casa parroquial donde residía Eliseo R. S., y apuntó que sabía que las confesiones no siempre las hacía en el confesionario, sino en otro espacio.
Luego de lo ocurrido, le contó a su hermana y a su madre, y aunque su madre no le creyó, su hermana dijo que le había pasado algo parecido.
“El tribunal no puede dejar de observar lo que dijo la víctima haber padecido, (pues) refirió circunstancias temporales incluso de años, el lugar en que se cometieron los hechos destaca el uso de templos, confesionarios incluso domicilio particular, (…) a modo solapado, en contexto religioso, con uso de aislamiento y de forma sistemática”, se indica.
Hubo en el juicio también otros testigos, pero que únicamente sirvieron para situar al religioso en el tiempo y lugar de los hechos, sin que le ayudaran como coartada, se detalló en la resolución.
La sentencia
El juez Rodríguez Trejo sentenció a cuatro años, 10 meses y 15 días. Dio la pena mínima y sumó tiempo por las agravantes. La Fiscalía pedía 10 años.
Aunado a la pena privativa de libertad, que deberá pasar completa en un Centro de Reinserción Social del estado porque el hombre llevó su proceso penal en libertad, el juez apuntó medidas de reparación integral.
“En el presente caso, ha quedado acreditado que el ahora sentenciado aprovechó su investidura religiosa como sacerdote católico para generar condiciones de aislamiento, manipulación simbólica y vulnerabilidad emocional, a fin de agredir sexualmente a una menor de edad en diversas ocasiones, valiéndose de contextos rituales como la confesión religiosa. Ante ello, este Tribunal no puede pasar por alto la dimensión estructural que permitió, facilitó o al menos no evitó la comisión de los hechos, ni puede limitar la reparación a un plano meramente individual, en tanto la agresión se inscribió en un marco institucional y cultural que requiere ser transformado”, detalló.
Por ello, como medidas de satisfacción para la víctima y como garantía de no repetición se hizo un exhorto público a la Diócesis de Ciudad Juárez, de la que forma parte Eliseo R. S.
Fue exhortado el ente a revisar de manera urgente sus protocolos de interacción, a limitar las confesiones privadas con menores de 18 años, a formar a su personal en prevención de abuso sexual y en temas de género, al reconocimiento público de la obligación de la Iglesia de cuidar a niñas, niños y adolescentes.
Aunque el exhorto no es vinculante, su propósito tiene la restauración y transformación de la realidad actual, se precisó, y busca que la Diócesis “asuma la parte de responsabilidad social que le corresponde”.
‘Iglesia ha colaborado con autoridades civiles’
La Diócesis de Ciudad Juárez no ha recibido notificación oficial sobre la sentencia de 4 años de prisión dictada contra el sacerdote Eliseo R. S. por un delito sexual cometido en 2013 en el municipio de Guadalupe, informó Juan Carlos López, vocero de la Diócesis.
Indicó que, aunque no se ha recibido comunicación formal del fallo, la Iglesia ha colaborado con las autoridades civiles en todo momento y cuenta con protocolos vigentes para atender este tipo de situaciones.
López explicó que desde que el obispo diocesano fue informado de la denuncia se activaron los mecanismos internos establecidos, entre ellos la suspensión canónica del acusado, lo que implicó su retiro de toda actividad pastoral mientras enfrentaba los procesos judiciales en los ámbitos civil y eclesiástico.
Añadió que las autoridades eclesiásticas entregaron en tiempo y forma la información requerida por la Fiscalía y dieron inicio al proceso canónico correspondiente, cuya documentación fue enviada al Vaticano.
Como parte de la sentencia, el juez exhortó públicamente a la Diócesis de Ciudad Juárez a revisar y reformar de manera urgente sus protocolos de interacción entre sacerdotes y personas menores de edad, en especial en espacios cerrados como templos y domicilios parroquiales.
También solicitó prohibir actividades que impliquen contacto a solas entre religiosos y niñas, niños o adolescentes.
Entre las medidas solicitadas se encuentra limitar la práctica de la confesión privada con personas menores de 18 años, así como implementar programas de prevención del abuso sexual infantil y de género, con formación obligatoria para el personal religioso y administrativo.
Sobre la petición de limitar la confesión con menores de edad, el vocero aclaró que, de acuerdo con los lineamientos ya existentes en la Diócesis, este sacramento no debe celebrarse en oficinas ni domicilios, sino en espacios abiertos dentro del templo.
Afirmó que se sigue un modelo similar al adoptado por otras conferencias episcopales, como la de Estados Unidos, donde la confesión se realiza en lugares donde hay presencia de otras personas, aunque se mantenga la privacidad del acto.
López señaló que toda persona que haya hecho su primera comunión tiene derecho a recibir el sacramento de la reconciliación, por lo que lo relevante es garantizar que las condiciones del espacio respeten la seguridad de quien lo solicita.
Añadió que ya existen instrucciones para que las confesiones con menores de edad ocurran en espacios donde no se esté a solas con el sacerdote.
En cuanto a las consecuencias canónicas que puede acarrear una sentencia como la que se dictó en este caso, explicó que el proceso puede concluir con la reducción al estado laical, lo que implica que el acusado pierde la capacidad de ejercer funciones sacerdotales.
Consultado sobre antecedentes similares en la región, el vocero mencionó el caso del padre Aristeo B., cuyo proceso canónico aún no concluye, aunque ya existe una sentencia civil.
Señaló que, hasta ahora, no se ha emitido resolución definitiva que derive en la reducción al estado laical en casos dentro de la jurisdicción de esta Diócesis.
Finalmente, López reafirmó el compromiso de la Iglesia con la colaboración hacia las autoridades competentes, así como la disposición a aplicar las medidas necesarias para garantizar entornos seguros y prevenir cualquier forma de abuso contra menores.