Ciudad Juárez./ -De acuerdo con el Artículo 115 Constitucional, el municipio es la base de la división territorial de los estados, y es también la base de su organización política y administrativa. También el Artículo 115 dicta que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, y que será integrado por un presidente (o presidenta municipal) y el número de regidurías y sindicaturas (así, en plural) que la ley determine.
En su numeral I, refiere que la competencia que la Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva, y añade que no habrá autoridad intermedia entre los Ayuntamientos y los gobiernos estatales.
Los municipios están investidos de personalidad jurídica y tienen facultades para el manejo de su patrimonio. Están facultados también para aprobar reglamentos, disposiciones administrativas de observancia general que organicen la administración pública municipal, regulen funciones y servicios públicos que le competen, entre otras.
Entre otras cosas, el objeto de las leyes que regulan la actuación municipal, es que queden establecidos procedimientos para:
• Dirimir controversias entre el municipio y los particulares.
• Dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal.
• Celebrar actos que comprometan al municipio por un plazo mayor al periodo que dura un Ayuntamiento.
• Que un gobierno estatal asuma una función o servicio que el municipio esté imposibilitado de ejercer.
Continuando con el análisis de este Artículo Constitucional, vemos que establece las funciones y servicios que tiene a su cargo el municipio como agua potable, drenaje, alcantarillado y disposición de aguas residuales (en los municipios del estado de Chihuahua, este servicio lo brinda el estado); limpia, recolección, traslado y disposición final de residuos; mercados y centrales de abasto; panteones; rastro; calles, parques, jardines y su equipamiento; la seguridad pública y otras funciones que las legislaturas locales determinen.
Entre otras, el municipio tiene facultades para formular planes de desarrollo urbano, planes de movilidad y seguridad vial; para crear y administrar reservar territoriales; administrar los usos de suelo; intervenir en la tenencia de la tierra; otorgar licencias y permisos de construcción; elaborar y administrar programas de ordenamiento de reservas ecológicas; así como intervenir en la formulación de programas de transporte público de pasajeros.
También, establece la libre y directa administración de sus recursos, así como las diversas fuentes de ingresos que conformarán su hacienda. Todo lo anterior, siempre aplicable a su competencia territorial, es decir, a la cabecera municipal y las diversas localidades que forman parte del municipio.
Vemos pues en la teoría, y lo vivimos en la práctica todos los días, que el municipio es la instancia de gobierno que impacta de manera más directa y cercana a sus habitantes, ¡ojo! no solo a quienes tenemos la condición de ser ciudadanos o ciudadanas.
Es por todo lo anterior, por la trascendencia de las decisiones que toman los integrantes de los Ayuntamientos (presidentes municipales, regidores y síndicos) de los 2,478 municipios de todo el país, que la iniciativa ciudadana de elección directa de regidores, propuesta desde el año 2014, ha cobrado cada vez mayor fuerza y ha ocurrido, como suele ser en todas las causas impulsadas por la sociedad civil, que ha avanzado a pasos lentos y tortuosos, asemejando un poco a “La burrita”, aquella vieja y popular canción de Jorge Negrete que dice “da unos pasos pa´delante y otros tantos para atrás”.
En julio de 2020, el Congreso del estado de Chihuahua aprobó que la elección directa de regidurías fuera efectiva para el proceso electoral 2023-2024, sin embargo, no sucedió así. Hoy, más de 50 asociaciones civiles, 8 organizaciones empresariales y casi 40 grupos de la sociedad civil organizada, piden al Congreso del estado que esta disposición se implemente para el proceso electoral del año 2027.
Consideran que elegir de manera directa a los regidores, con independencia de la elección de la presidencia municipal, permitiría mayor cercanía del candidato a regidor y posterior representante, con los ciudadanos; un canal de comunicación estrecho entre el ciudadano y sus representantes en el Ayuntamiento, sabría con quién le corresponde dirigirse, lo que equivale a una relación más directa; libertad al momento de emitir tratar y votar los asuntos que se analizan y deciden en el Cabildo, y finalmente, una verdadera representación democrática.Hoy en día, el único estado en el país en donde se elige directamente a los regidores, es en Nayarit. La primera vez que los ciudadanos de Tepic eligieron a sus regidores de manera directa y por demarcación territorial, se diversificó la representación partidista en el Cabildo, y para el año 2021, hubo municipios en los que el Cabildo fue representado por regidores de todos los partidos políticos que participaron en la elección.
Si bien es cierto, el escenario de pluralidad política en los Cabildos dificultaría la toma de decisiones, también obligaría a los presidentes municipales y a los propios regidores, a ser más competitivos y a ejercer un real liderazgo para obtener los consensos y acuerdos que se necesiten y que favorezcan a sus municipios.
Es cierto también que habrá altos costos para añadir la elección de esta figura de representación (las regidurías) a los procesos electorales pertinentes. También, que existe poca y en algunos casos nula educación de los ciudadanos en torno al tema, como sucedió hace un año en la elección de jueces y magistrados. Y también, que no es una garantía para la eficiencia administrativa y funcionalidad de la prestación de servicios que corresponde a los municipios.
Pero algo innegable es que la sociedad chihuahuense está demandando un paso más en el ejercicio de esta democracia no perfecta, sino perfectible que tenemos, y es el momento de escuchar, atender y construir un eslabón más a ese derecho ciudadano de incidir en la toma de decisiones de los asuntos públicos, finalmente el “estado” surge como forma de organización social, para satisfacer las demandas y resolver las necesidades de los grupos. Y hoy en día, esos grupos no se sienten escuchados, atendidos… ni representados.
¿Será o no la elección directa de regidores, la solución a este “divorcio” y mal entendimiento entre ciudadanos y autoridades municipales? Desde mi punto de vista, sería un primer paso, no el único, hacia la independencia político-partidista, una manera de tener mayor objetividad al momento de analizar las problemáticas del municipio y por supuesto, a la hora de tomar decisiones.
¿Será en 2027 o en 2030? No lo sé, pero el destino alcanzará a la elección directa de regidores y a partir de entonces, tendremos todos, una ardua tarea en educarnos más, informarnos, conocer, aprender y participar más en este tema tan relevante para nuestro municipio.