El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el activista Miguel Alonso Meza no cometió violencia política de género contra la jueza penal en Chihuahua, Silvia Delgado, conocida como la "abogada del Chapo".
Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior desecharon la queja de la litigante.
Delgado acusó a Meza de violencia política, porque durante la elección de jueces en el 2025 alertó que la ex abogada del narcotraficante Joaquín Guzmán no podía llegar al Poder Judicial local, pues se le dio el mote de "abogada del Chapo".
Meses después, el Tribunal Electoral le dio la razón, por lo que le ordenó emitir en sus redes sociales una disculpa pública, eliminar publicaciones relacionadas sobre ella e inscribirlo en el registro local y nacional de personas violentadoras.
Sin embargo, la Sala Regional Guadalajara revocó dicha decisión, al considerar que no había violencia político, sino libertad de expresión, por lo que Delgado recurrió a la Sala Superior, pero los magistrados desecharon su queja, dejando intocada la sentencia de sus homólogos regionales.
La Sala Superior consideró que las críticas de Meza estaban enmarcadas en un "tema de notorio interés público", que no entrañaban la imputación de delitos o de conductas ilícitas.
"Las expresiones denunciadas no constituían estereotipos de género, dado que el término 'narco abogados' en el contexto de los enlaces electrónicos denunciados, aluden a un documental en el cual la parte recurrente fue entrevistada. De manera que, constituía un ejercicio del derecho a la libertad de expresión del sujeto denunciado", indica la sentencia.
En otra sentencia, los magistrados determinaron que sí hubo violencia política de género en contra de Dora Martínez, ex candidata a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por parte de 24 usuarios de redes por activar estereotipos de género, recurrir a expresiones, acciones o conductas que anulaban la presencia de las mujeres en la vida política, además de emitir dichos que deslegitiman su capacidad profesional al subordinar sus aspiraciones y aptitudes a una figura masculina.
Por ello, ordenó incluirlos en el Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especiales Sancionadores e inscribirlos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Se determinó que no había "calumnia" por parte de diversos periodistas.