Chihuahua, Chih.- En tanto que ayer, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la porción de la reforma a la Ley Electoral de Chihuahua que permitía la anulación de elecciones por intervención del crimen organizado, la gobernadora Maru Campos advirtió que con dicha determinación, ahora “el narco puede meter dinero en una campaña; puede amenazar y matar candidatos; puede decidir quién compite y quién no, y para el candidato que gana con esa ayuda, no hay consecuencias".

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación –dijo la mandataria- le quitó a la reforma electoral de Chihuahua exactamente lo que a Morena le estorba para financiarse con dinero ilícito y usar delincuentes para manipular elecciones”.

Recordó Maru Campos que hace unos meses el Congreso de Chihuahua reformó la ley para que una elección sea anulada si el crimen organizado interviene en ella y para que quien gane con esa ayuda pierda la candidatura.

"A Chihuahua le quitaron lo que más le duele al narco: que el candidato que gana con su dinero, sus amenazas y sus armas pierda la candidatura. Hoy ese candidato se queda con ella, y si la elección se repite, vuelve a competir con las mismas armas. Éramos el primer estado que le había cerrado esa puerta al crimen. Hoy no la tiene cerrada ninguno", afirmó.

El falló de la Corte deriva de la acción de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas, promovidas por legisladores locales de Morena, la dirigencia partidista y la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) contra reformas a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral y el Código Municipal.

El proyecto elaborado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra y aprobado por el pleno consideró fundados los conceptos de invalidez respecto a la existencia de omisiones legislativas y deberes de armonización por parte del Congreso del Estado.

Primero, reconoció que el Legislativo local cumplió deficientemente con su obligación de legislar sobre actos de intromisión e injerencia extranjera, en concordancia con la reforma federal al artículo 41 de la Constitución Política que incluyó dicho supuesto como una nueva causal de nulidad de elecciones.

En contraste el Congreso reformó los artículos 257, numeral 1, inciso r); 259, numeral 1, inciso g); 260, numeral 1, inciso n); 268, numeral 1, inciso a), fracción IV; 383, numeral 1.inciso m), y 384, numeral 1, inciso d), de la Ley para integrar como causal de nulidad la intervención de la delincuencia en los procesos electorales.

En concreto la modificación señala como infracciones de los partidos políticos, las personas aspirantes, precandidatas o candidatas (con partido o independientes) el “llevar a cabo o ser beneficiados, de manera directa por actos que, mediante violencia, fuerza armada, intimidación, amenazas o cualquier forma de coacción o amago, impliquen intervención, intromisión, financiamiento, presión, manipulación o influencia indebida en la organización, desarrollo o resultado en el proceso electoral, así como consentir, tolerar o aprovechar de cualquier forma las ventajas o condiciones derivadas de dicha injerencia para favorecer sus actividades ordinarias, precandidaturas o candidaturas que postule o para perjudicar otras precandidaturas, candidaturas o partidos políticos”.

La reforma contempló que dichas infracciones podrían ser sancionadas con la cancelación del registro como partido político, la anulación de la votación recibida en una casilla o la anulación de una elección de sindicaturas, ayuntamientos, legisladores de mayoría relativa o de gubernatura.

En este sentido, el proyecto aprobado refiere que estas disposiciones están construidas a partir de hechos o actos de delincuencia y de su incidencia en la casilla o en el proceso electoral, mas no de actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales, que es la hipótesis incorporada al artículo 41 constitucional. Añade que, aunque determinados hechos pudieran actualizar ambos supuestos, éstos no tienen un contenido necesariamente equivalente.

“La posibilidad de que ciertos actos de intervención o injerencia extranjera también constituyan delincuencia permanente o sistemática no permite tener por regulados aquellos que no reúnan esas características. Subordinar la incorporación del supuesto constitucional a que coincida con los elementos de una causa local distinta reduciría el alcance del contenido que debía desarrollarse”.

“El narco puede meter dinero en una campaña; puede amenazar y matar candidatos; puede decidir quién compite y quién no, y para el candidato que gana con esa ayuda, no hay consecuencias"

Maru Campos Galván, Gobernadora

Como consecuencia la SCJN ordenó al Congreso del Estado homologar la ley antes de iniciar el proceso electoral 2026-2027, este 1 de octubre, incorporando la causa de nulidad por injerencia extranjera e invalidó la anulación de comicios por temas de crimen organizado.

Por otra parte, también consideró inválidos los artículos 36, párrafo 12, y 37, párrafo 4, de la Constitución local; 3, párrafos 3 y 4, y 93, párrafos 3 y 4, de la misma ley que colocaban un candado a las facultades interpretativas y reglamentarias de la autoridad electoral al imponer una interpretación al pie de la letra.

Indicó la Corte que el legislador local no puede restringir las facultades de interpretación ni de control de constitucionalidad y convencionalidad que le corresponden al Tribunal Estatal Electoral (TEE), ni tampoco restringir las facultades reglamentarias que le corresponden a la autoridad electoral administrativa.

Además, la ministra Herrerías aceptó la petición de sus compañeros del pleno de incorporar la existencia de omisión legislativa en tema de nepotismo electoral.

Concedió Corte a Morena que el candidato que gane con el narco se quede con la candidatura

La gobernadora María Eugenia Campos Galván recordó que hace unos meses el Congreso de Chihuahua reformó la ley para que una elección sea anulada si el crimen organizado interviene en ella y para que quien gane con esa ayuda pierda la candidatura.

“Lo hicimos para que en Chihuahua no pase lo que ya pasa en otros estados, donde el narco decide quién se registra, quién compite y quién gana", señaló.

"Sí: Morena votó en contra de blindar las elecciones contra el narco. Y como no le alcanzaron los votos, corrió a la Suprema Corte a pedir que se tumbara. Sí, a la Suprema Corte que no discute nada y que sólo acata", afirmó la gobernadora.

"Hay que decirlo con nombre: el responsable es Morena, el partido que votó en contra de blindar las elecciones y después litigó para tumbar el blindaje. No lo digo yo: está en las actas del Congreso y en el expediente de la Corte", sostuvo Campos Galván.

Destacó que una ministra, Yasmín Esquivel, votó del lado de Chihuahua al sostener que, cuando el crimen decide una elección no puede haber duda de la gravedad ni del grado de afectación al voto libre. "Hasta en la Corte hubo quien lo entendió", expresó.

"Cuando un partido hace todo para que la intervención del crimen en las elecciones no tenga consecuencias, está confesando cuáles son sus intereses y a quién protege. Eso pinta a Morena de cuerpo entero. Y ese partido ya tiene candidato en Chihuahua: ya sabemos qué reglas necesita para arrebatar la voluntad popular", añadió.

La gobernadora afirmó que el Gobierno del Estado acata lo resuelto por la Corte, pero no la idea de que Chihuahua resigne.

“Una ley puede tumbarse en una sala de la Ciudad de México. Lo que no van a tumbar es la decisión de un pueblo que ya le plantó cara al miedo y que no va a dejar que el crimen elija a sus gobernantes", subrayó.

Anunció que lo que la Corte borró se repondrá por la vía que la propia Corte deje abierta, con la ley, con el Congreso y con la gente de Chihuahua.

“Si nos cerraron un camino, abriremos otro. Chihuahua no se entrega. Aquí seguimos, trabajando por el bien de todo Chihuahua", concluyó.