Ciudad Juárez.- Un juez federal de Distrito en Juárez resolvió un juicio de amparo indirecto interpuesto por José Luis A. C., dueño del crematorio Plenitud, y ordenó dejar sin efectos el auto de vinculación a proceso que hace siete meses fue dictado en su contra por ocultamiento y conservación ilegal de cadáveres.
El fiscal general del Estado (FGE), César Jáuregui Moreno, calificó como “grave” la resolución del juez pues “no se compadece del enorme dolor que esta empresa ha provocado a cientos de familias en Ciudad Juárez”.
El seguimiento de El Diario muestra que José Luis A. C. fue enviado a prisión preventiva el 30 de junio de 2025 acusado de que entre el 7 de marzo de 2022 y el 27 de junio de 2025 en el crematorio Plenitud el acusado y Facundo Trinidad Martínez Robledo mantuvieron 386 cadáveres de seres humanos en estado de descomposición, apilados sobre el suelo en diferentes habitaciones, entre excretas de roedores, en virtud de que no llevaron a cabo la cremación de los cuerpos en los términos legales, y sin contar con lo necesario para su preservación y manejo digno y respetuoso.
Plenitud tenía la obligación legal de realizar el servicio de incineración contratado por funerarias de Ciudad Juárez, muestran los antecedentes periodísticos.
El juez Luis Eduardo Rivas Martínez, titular del Juzgado Séptimo de Distrito consideró no actualizados los verbos rectores de los tipos penales, los de “ocultar” y “conservar” los cadáveres de manera ilegal, y al no encuadrarse el hallazgo de cuerpos en el crematorio como delito, no hay razón para que A. C. hubiese sido vinculado a proceso, y por ende, no es aplicable la prisión preventiva dictada en su contra como medida cautelar, que lleva desde el 30 de junio de 2025.
El que el juez de Control Apolinar Juárez Castro –ahora en retiro– resolviese el 4 de julio de 2025 la vinculación a proceso por ambos delitos afectó, según Rivas Martínez, “la garantía de exacta aplicación de la ley en materia penal”, y por ello fue que se dio el amparo y protección de la justicia federal a A. C.
Por esta determinación se ordenó al Tribunal Superior de Justicia realizar una nueva audiencia para dictar el auto de no vinculación a proceso con los lineamientos contemplados en la sentencia del juicio de amparo indirecto 746/2025-III “de la no actualización de los verbos rectores de los tipos penales” señalados, y en consecuencia la liberación del acusado.
En la resolución, el juez Rivas Martínez detalló que en cuanto al ocultamiento de los cuerpos (castigado por el Código Penal del Estado) el verbo exige “que la voluntad que dirija al activo sea lograr dicho encubrimiento”. Además, muestra la contradicción de tesis 380/2012 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se establece que para acreditar el ocultamiento no sólo basta que se haya omitido atender los requerimientos de una autoridad fiscal, sino que “es necesario advertir, del cúmulo probatorio, que el activo tiene la clara y manifiesta voluntad de impedir que sean consultados o examinados los sistemas y registros contables solicitados”.
Con base en esto, para el juez federal la actividad del crematorio Plenitud implica el resguardo de cuerpos a puerta cerrada y en instalaciones propias a las afueras de la ciudad alejado de la mancha urbana –debido al proceso de incineración–.
“El hecho de que los cuerpos se encontraran en un lugar fuera de la vista del público en general, no implica por sí mismo que se procurara ‘ocultarlos’”, dijo el juez, y añadió que si hubo omisiones graves “altamente reprochables” éstas fueron de tipo administrativo, civil y hasta moral, pero no penal.
Para este fin, el crematorio contaba con aviso de funcionamiento emitido el 9 de julio de 2020 a nombre de José Luis A. C., trascendió.
Añadió que “en ningún precepto legal, en particular del orden penal, queda establecido que el omitir la cremación a partir de determinada cantidad de cuerpos, o de determinado tiempo a partir de su recepción traiga como consecuencia la configuración de algún tipo penal”.
En cuanto al delito de “conservación ilegal” de cadáveres previsto en la Ley General de Salud, se utilizó el artículo 462 en su fracción I en que se castiga “al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y sus componentes, cadáveres o fetos de seres humanos”.
Rivas Martínez consideró que en este artículo se busca sancionar la disposición de cuerpos, órganos y tejidos para realizar trasplantes ilícitos de órganos, lo que no ocurrió, para el juez, en el caso de Plenitud.
Juárez Castro valoró también que existía delito pues la disposición de los cuerpos en Plenitud fue mayor a las 48 horas que permite el artículo 348 de la Ley de Salud, pero Rivas Martínez lo consideró equivocado, pues la ley exige la inhumación, cremación, desintegración, embalsamamiento o la conservación en las 48 horas siguientes a la muerte, lo que a decir de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris) ocurrió, pues todos los cuerpos hallados en Plenitud estaban embalsamados, y la ley no establece tiempo para que sean cremados tras el tratamiento de embalsamado.
Someterá FGE decisión judicial a revisión
El fiscal general, César Jáuregui, indicó que interpondrán un recurso de revisión contra la resolución de Luis Eduardo Rivas Martínez, juez Séptimo de Distrito del Poder Judicial de la Federación, electo y en funciones desde el 1 de septiembre de 2025.
Recordó además que la jueza que ocupaba ese cargo, Claudia López López, había negado un amparo indirecto a José Luis A. C. contra la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que cuestionó la resolución del nuevo juzgador.
Sin embargo, la resolución debe ser observada, por lo que ayer el juez Héctor Josué de Luna León llamó a audiencia a las 7:00 de la tarde para dar cumplimiento al dictado de no vinculación y liberación del acusado.
Jáuregui extendió un mensaje a las familias de víctimas del crematorio Plenitud: “vamos a continuar insistiendo en la culpabilidad de este sujeto. Existen elementos más que probados de la enorme negligencia criminal que tuvo en el trato a estos cuerpos y no vamos a descansar hasta que la ley se cumpla y cumpla la condena que debe de tener”.
La FGE solicitaría 17 años de prisión, de acuerdo con Jáuregui. Pendiente en el proceso se encontraba la fecha para la audiencia intermedia, que, precisamente ayer había sido notificada a las partes para llevarse a cabo el 1 de julio de 2026, lo que ahora resulta improcedente ante el amparo concedido.
Familias expresan su indignación
El grupo de familias Memoria Dignidad y Justicia, conformado para la exigencia a las autoridades tras el hallazgo, reclamaron ayer por la tarde la decisión del juez Rivas Martínez.
“Nos unimos bajo un mismo grito de dolor, de impotencia, manifestamos nuestro total rechazo y profunda indignación ante la resolución del juez (...). Es una burla para la sociedad que el juez (...) considere que el hallazgo de 386 cadáveres abandonados en condiciones inhumanas y la entrega de cenizas falsas (basura y escombros) no constituyen un delito grave, sino meras ‘irregularidades administrativas’. Tratar a nuestros seres queridos como desperdicios y lucrar con el duelo más profundo no es un error de trámites; es una atrocidad que desgarra el tejido social”, condenaron en un comunicado conjunto emitido públicamente y remitido a la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo.
A Sheinbaum Pardo exigieron dejar “de hacer oídos sordos y ojos ciegos ante el sufrimiento de la sociedad juarense”.
Solicitaron además la intervención del Gobierno federal para revisar la actuación de Rivas Martínez, la atracción del caso por la Fiscalía de la República “ante la incapacidad o falta de voluntad de las autoridades locales para sostener una acusación digna”, así como dignidad a las familias afectadas.
Juzgado de Control liberó anoche
La noche del 13 de febrero, el juez de Control Héctor Josué de Luna León resolvió la no vinculación a proceso y la liberación inmediata de A. C., en atención a los lineamientos de Rivas Martínez.
Agregó la invalidez de diversos testimonios que no aportaban a la teoría del caso de la Fiscalía, dijo, aunque se enfocó en lo dicho por el juez federal en cuanto a la no actualización de los verbos que presuntamente se cumplían con el hallazgo de los 386 cuerpos. (Diego Villa / El Diario)