El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) se apega a los tratados internacionales que tiene México con sus socios comerciales, entre ellos Estados Unidos y Canadá, esto tras la publicación del Reglamento de la Ley Federal de la Protección de la Propiedad Industrial.
"El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte", señaló el IMPI.
La tarde de este martes, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) y tras diversos cambios a la legislación de manera reciente, el IMPI hizo público el reglamento, el cual será aplicado e interpretado en sus disposiciones por el IMPI.
Entre los puntos que destaca el reglamento, está que el IMPI puede celebrar acuerdos interinstitucionales en materia de marcas para facilitar el intercambio y aprovechamiento del trabajo de otras oficinas de propiedad industrial, y acuerdos de colaboración para facilitar la protección de signos cuya titularidad les corresponda.
En el caso de las invenciones o diseños, no se consideran nuevos los diseños industriales que reproduzcan o imiten escudos, banderas, emblemas, etcétera, sin autorización, señaló el IMPI.
En el caso de marcas, avisos o nombres comerciales, si la marca contiene elementos del patrimonio cultural indígena o afromexicano, se debe acompañar la constancia de autorización de la asamblea general comunitaria para su uso y explotación comercial.
A su vez, si se busca la importación de productos legítimos, se toma en consideración que los productos importados son legítimos si la introducción al comercio del país de origen la realiza el titular o licenciatario de la marca, y los titulares de la marca en México y el extranjero son la misma persona o miembros de un mismo grupo económico.
Para las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, entre los apartados, el IMPI destacó que una denominación de origen protegida debe mantener el vínculo con la zona geográfica de origen, calidad, características o reputación de materias primas, procesos de producción y factores naturales/culturales.
"El presente Decreto entrará en vigor a los sesenta días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación", resaltó el IMPI.