La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó las disposiciones administrativas de carácter general para describir y regular aspectos generales de la generación a través de la figura de autoconsumo aislado e interconectado.

El acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece entre otras cosas las sanciones en caso de incumplimiento de las normatividades aplicadas a esta figura jurídica de generación de energía eléctrica, así como las condiciones de la terminación de permisos.

Por ejemplo, el permiso se cancelará si la demanda eléctrica de los usuarios es menor en 50 y 30 por ciento a la capacidad instalada si con fuentes convencionales y renovable, respectivamente, por 12 meses seguidos sin que haya justificación técnica.

En el caso del autoconsumo aislado, cuando no se destine la totalidad de su producción para consumo propio en sitio y de manera exclusiva en la red particular se procederá a cancelar el permiso.

Lo mismo sucederá en caso de que en el autoconsumo interconectado, la energía que produzca la central no se destine para consumo propio en sitio, con excepción de los excedentes o cuando se termine el contrato de interconexión a la red nacional de transmisión o a las redes generales de distribución.

Las disposiciones establecen que las personas interesadas en obtener el permiso de generación para autoconsumo interconectado con capacidad mayor a 20 megawatts y a partir de 0.7 Mw para autoconsumo aislado deben solicitar el permiso y atender a los requisitos establecidos en las disposiciones.

El autoconsumo aislado puede cambiar a la forma interconectada si modifica su permiso de generación, cumple con las disposiciones, realiza estudios correspondientes, celebra los contratos que le resulten aplicables.

Si el permisionario en autoconsumo aislado decide generar para el Mercado Eléctrico Mayorista, debe pedir la conclusión de su permiso y solicitar uno nuevo para ese fin.

Entre otras cosas, las disposiciones determinan también la vigencia del contrato de prestación del servicio, la descripción general de las instalaciones, de los servicios y productos, de las características del servicio como nivel de tensión y demanda contratada; así como las penalizaciones por su incumplimiento, entre otras.