Chihuahua, Chih.- El cambio de medida cautelar en favor de Fernando E. I., acusado del homicidio imprudencial del señor Basilio Calderón, viene a sumarse a otras decisiones judiciales que han sido cuestionadas por la opinión pública desde la entrada en funciones de los jueces y magistrados electos en 2025.
Entre ellos destaca la modificación de la sentencia contra Édgar Herman Escárcega Valenzuela, hermano de la magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) quien originalmente había sentenciado a una pena de prisión que concluiría originalmente en 2057 por el secuestro de dos personas.
Gracias a diversos amparos, logró obtener la remisión parcial de la condena, determinando como fecha probable de compurgación el día 30 de marzo de 2050.
Sin embargo, el 18 de septiembre de 2025, el juez Juan Carlos Erives Fuente emitió una resolución en la que le otorgó el beneficio de llevar dicha condena en semilibertad, es decir, en libertad de lunes a viernes e internado en un penal durante los fines de semana.
La determinación redundó en la presentación de una apelación por parte de la Fiscalía de Distrito Zona Centro (FDZC), al considerar que el juzgador admitió un dictamen de viabilidad de riesgos que no estaba vigente y no debió haber sido considerado en su fallo.
El 27 de enero de 2026, la jueza de control, Abril Melissa Alatorre Guerrero, formuló imputación por el delito de homicidio calificado en contra de Jorge Raúl A. G., alias “La Rata”, capturado un día antes. Sin embargo, consideró que no era procedente imponerle prisión preventiva como medida cautelar y lo dejó ir en espera de que regresara para la audiencia de vinculación a proceso, lo cual nunca ocurrió.
En esa ocasión, “La Rata” fue llevado ante tribunales acusado por la Fiscalía de Distrito Zona Centro (FDZC) de perpetrar el asesinato de un hombre el 1 de enero de ese mismo año, en la colonia Punta Oriente. El arresto fue realizado por elementos de la Agencia Estatal de Investigación (AEI) en cumplimiento una orden de aprehensión, en la calle 14 y Niños Héroes, de la colonia Centro.
Ésta fue la segunda aprehensión del sujeto en cuestión de días, pues apenas el sábado 24 de enero había sido capturado en posesión de un arma de fuego corta y un cargador abastecido. No obstante, tras presentarlo ante un juzgador, éste indicó que el tiempo para realizar la audiencia fue excesivo y determinó la detención como ilegal.
Tras su segunda liberación por parte de la jueza Alatorre Guerrero, un grupo de jueces del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) firmaron una carta en la que defendieron la autonomía judicial y rechazaron los señalamientos públicos contra la labor de la juzgadora.
“La Rata” siguió prófugo durante cuatro meses, hasta que a finales de mayo la Fiscalía anunció su reprehensión.
El 9 de febrero, el juez de control del Distrito Judicial Hidalgo, Manuel Jurado Torres, descartó el delito de feminicidio originalmente imputado a Juan de Dios V. M., en perjuicio de su pareja, la maestra Edna Marilyn Chávez Loya, y lo reclasificó a homicidio culposo o imprudencial.
Aunque al detenido le impusieron prisión preventiva, el cambio en la clasificación del tipo penal generó indignación en los familiares de la víctima y en diversas colectivas que defienden los derechos de las mujeres.
Edna tenía menos de un año de relación con Juan de Dios al momento que éste la arrolló el 2 de febrero de 2026 en Parral, presuntamente de manera intencional.
Si bien la Fiscalía le formuló imputación por el delito de feminicidio, el juzgador Jurado Torres consideró que la clasificación era incorrecta y la cambió por un delito culposo.
Posteriormente trascendería que este juez tenía amistad con Juan Carlos Payán, defensor de Juan de Dios, lo que levantó cuestionamientos sobre su imparcialidad al momento de resolver.
Además, también saldría a la luz que este juez ya había favorecido al mismo imputado en un diverso caso a finales de 2025.
El 23 de octubre de ese año a Juan de Dios V. M. una jueza le había dictado auto de vinculación a proceso por los delitos de violación y lesiones, cometidos en contra de su novia y le impuso la prisión preventiva.
Pero el 22 de diciembre, mientras la jueza de la causa estaba de vacaciones, la defensa solicitó de manera indebida la revisión de la medida cautelar. La audiencia fue encabezada por Manuel Jurado, el cual revocó la prisión preventiva.
De acuerdo con fuentes del TSJ, el juzgador colocó a la víctima en un alto grado de riesgo al liberar a un potencial feminicida, pues el juez desatendió que existe un dictamen que estableció que el nivel de riesgo de la afectada era alto. Meses después atropellaría y privaría de la vida a Edna Marilyn.
En marzo de este año, el presidente del Tribunal de Disciplina, Francisco Acosta Molina, informó la suspensión del juez Jurado, en atención a un reclamo social por parte de la familia, la ciudadanía y de diversas colectivas feministas.
En abril de este año, María Elizabeth Macías Márquez, magistrada de la Sala Penal Regional con sede en Parral, revocó la vinculación a proceso de Fernando R. G, “El Chino” quien fue acusado de tentativa de homicidio de Eloy Soto Payán en hechos ocurridos en el exterior de una funeraria el 29 de septiembre del año pasado, en el mismo municipio.
El 7 de octubre de 2025 el imputado, hermano del diputado local por el PRI y entonces presidente del Congreso del Estado, Guillermo Ramírez Gutiérrez, fue vinculado a proceso por un juez de Control por presuntamente haber disparado contra Soto Payán y lesionar a dos abogados que estaban presentes.
De acuerdo a la resolución publicada en el Sistema de Notificaciones del TSJ, la magistrada determinó que las pruebas fueron obtenidas de manera indebida y presionando a los testigos, además de que destacó inconsistencias en el informe policial que dejó sin efectos. También revocó cualquier medida cautelar.
El 8 de junio pasado, la Fiscalía de Distrito Zona Centro (FDZC), informó que obtuvo la vinculación a proceso del imputado Axel Fabricio R. Z., por el delito de homicidio agravado imprudencial de seis personas el 2 de noviembre de 2024, cuando al manejar intoxicado, chocó de frente con un auto en la carretera Chihuahua – Cuauhtémoc, causando la muerte de los seis pasajeros, entre ellos dos hombres y cuatro mujeres.
Sin embargo, el juez de Control no impuso la prisión preventiva, al tratarse de un delito culposo, y en su lugar dictó otras medidas cautelares al imputado, consistentes en no salir del estado de Chihuahua, no acercarse a las víctimas indirectas, y presentarse de manera quincenal ante el Instituto de Servicios Previos al Juicio (ISPJ), del Poder Judicial, durante todo el proceso.
De acuerdo con la carpeta de investigación, el imputado impactó su vehículo Fiat 2014 contra un vehículo de la marca Chevrolet Aveo 2020, de color blanco, en el kilómetro 32 de la citada carretera. Las investigaciones ministeriales establecieron que el imputado manejaba su vehículo bajo los efectos del alcohol y la mariguana.
Por este hecho, la Fiscalía solicitó el pago de seis millones de pesos en favor de las víctimas. De acuerdo con reportes, el joven sufrió una crisis emocional al ser informado en el hospital de que seis personas habían muerto a causa del accidente.
