Chihuahua.- La instalación de retenes en carreteras sin condiciones claras de identificación y seguridad puede convertirse en un escenario de vulneración de derechos humanos, especialmente cuando los conductores son sometidos a revisiones sin una justificación aparente, les impiden conocer qué autoridad realiza el operativo o les exigen dinero para poder continuar con su trayecto.
El derecho al libre tránsito y a la seguridad jurídica están entre las principales garantías que pueden verse comprometidas durante este tipo de intervenciones. Aunque determinadas autoridades cuentan con facultades legales para realizar revisiones en carreteras, éstas no son ilimitadas y deben desarrollarse bajo principios de legalidad y respeto a los derechos de las personas, advirtieron abogados.
El tema volvió a cobrar relevancia luego de que circulara en redes sociales un video en el que un trabajador de la industria petrolera, residente de Midland, Texas, denunció haber sido detenido en un supuesto retén cerca de Villa Ahumada, sobre la carretera Panamericana.
En las imágenes, el conductor cuestiona a quien se presenta como agente de la Fiscalía General de la República (FGR) sobre la autoridad que realiza la revisión. El supuesto elemento responde que pertenece a la Fiscalía, pero se niega a mostrar una placa o identificación cuando el ciudadano la solicita.
Durante el intercambio también puede verse cómo le piden descender del vehículo, responder preguntas y entregar su cartera. El video posteriormente señala que los involucrados habrían sido despojados de una cantidad importante de dinero, aunque las imágenes se interrumpen y no permiten conocer lo ocurrido después.
Más allá de este caso, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) señaló que este tipo de actuaciones pueden analizarse desde la perspectiva de los derechos humanos cuando son contrarias a la legalidad y a la seguridad jurídica.
El organismo indicó que, paralelamente, los hechos pueden investigarse como posibles delitos, dependiendo de las circunstancias y de la clasificación que determine el Ministerio Público. Entre las figuras que podrían considerarse están abuso de autoridad, robo o cohecho.
La CEDH explicó que cuando una persona considera que fue víctima de una actuación irregular debe establecer qué autoridad participó, ya sea federal, estatal o municipal. Si se trata de una corporación federal, la Comisión Estatal puede recibir la queja de manera supletoria y remitirla a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). También existe la posibilidad de presentar directamente la queja ante la instancia federal.
El abogado Marcelo Valenzuela explicó que el libre tránsito es un derecho que puede verse afectado mediante este tipo de intervenciones y señaló que el artículo 14 constitucional establece que ninguna persona puede ser molestada sin que exista un fundamento legal y una causa que justifique la actuación de la autoridad.
El litigante reconoció que corporaciones como la Policía Estatal y la Guardia Nacional tienen facultades para realizar determinadas revisiones en carretera, pero aclaró que estas atribuciones no significan que puedan intervenir vehículos de manera arbitraria.
A su consideración, uno de los principales riesgos ocurre cuando los retenes son instalados en lugares aislados, donde prácticamente no existe posibilidad de solicitar auxilio. Por ello, consideró que los puntos de revisión oficiales deben ubicarse en lugares donde exista mayor presencia de personas y sea posible identificar claramente a la autoridad responsable.
La falta de identificación de los agentes representa otra señal de alerta. Valenzuela explicó que los elementos están obligados a identificarse plenamente, proporcionando su nombre y mostrando una identificación oficial o algún documento que acredite que están facultados para realizar el operativo.
La situación es todavía más delicada cuando quienes realizan la revisión no portan placas, insignias o algún elemento que permita comprobar su identidad, ya que el ciudadano puede desconocer si está frente a una autoridad legítima o ante integrantes de un grupo criminal que simulan ser policías.
El abogado agregó que los ciudadanos pueden grabar las actuaciones de los agentes con sus teléfonos celulares, siempre y cuando al hacerlo no implique ponerse en riesgo. El material puede servir posteriormente como evidencia para presentar una denuncia.
Sin embargo, ante una situación de amenaza, la prioridad debe ser proteger la integridad física y evitar una confrontación. Posteriormente, el afectado puede recurrir a las autoridades correspondientes y aportar fotografías, videos, datos de las unidades, nombres, características de los agentes o cualquier otro elemento que permita investigar los hechos.
Las posibles irregularidades en un retén no se limitan a una revisión vehicular. Dependiendo de la actuación de los agentes, pueden involucrar derechos como el libre tránsito, la seguridad jurídica, la propiedad y la privacidad. Si además exigen dinero para permitir que una persona continúe su camino, el hecho puede trascender el ámbito administrativo y ser investigado como un posible delito.
Los retenes pueden formar parte de las labores de vigilancia y seguridad en las carreteras, pero su existencia no elimina los derechos de quienes transitan por ellas. Las autoridades deben actuar dentro de sus atribuciones, identificarse y justificar legalmente sus intervenciones; de lo contrario, una revisión puede convertirse en un acto de molestia injustificado y, en los casos más graves, en un posible abuso o extorsión.
