Los exmagistrados y exjueces del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del Estado deberán esperar dos años para poder ejercer como abogados, luego de que les fue negado un amparo que solicitaron contra esta restricción establecida para quienes dejaron el cargo el 31 de agosto.
Jorge Ramírez, exmagistrado de la Primera Sala Penal, comentó que el recurso fue negado debido a que la limitante figura en la Constitución Mexicana.
Añadió que siguen en proceso los amparos que promovieron quienes están inconformes con la liquidación que recibieron al tener que dejar su trabajo ante una sala o juzgado.
Uno de los argumentos por los que fueron presentados los amparos fue que los exjuzgadores no pueden dedicarse a la profesión para la que se prepararon por años, debido a la prohibición de ejercer durante dos años que señala la ley para quien haya sido magistrado.
En el caso de los jueces, esta prohibición es aplicable para el Distrito en que estaban laborando, es decir que uno del Morelos, al cual corresponde Chihuahua capital, tendría que llevar los asuntos en otro.
Anteriormente Ramírez dijo que el otro amparo, el cual sigue en proceso, es por lo que respecta a la liquidación que señala la ley, ya que lo que recibieron fue solamente el equivalente a tres meses de sueldo, sin respetar las otras prestaciones, como la compensación y el pago correspondiente por año trabajado, además de que les habían ofrecido una jubilación anticipada.
Incluso en septiembre la expresidenta del Poder Judicial, Myriam Hernández, también recurrió al amparo, explicando que lo hacía por sus intereses y los de su hija menor de edad.
En la solicitud del juicio de amparo, destacó que con las reforma judicial y la obligatoriedad de dejar el cargo de la magistratura, para el que fue elegida por 15 años, su proyecto de vida quedó interrumpido. Según las estimaciones realizadas por El Diario de Chihuahua, de las 270 personas que ocupaban el cargo de juez, 133 no alcanzaban una jubilación a través de Pensiones Civiles del Estado (PCE), lo que implicaría que están en el mismo escenario al del exmagistrado.
Es decir, que dependen del cumplimiento de lo que les fue ofrecido con la reforma realizada por el Congreso del Estado, un pago proporcional de su sueldo dependiendo de sus años de antigüedad, partiendo de 10 en adelante o una liquidación completa para los que tenían menos de una década laborando.
La justificación del amparo promovido para que les permitieran ejercer era que la idea de esta prohibición, en el caso de los magistrados, es que les pagaban una pensión por 7 años si debían dejar el cargo, lo que justificaba que dos años no pudieron litigar, ya que recibían un pago que los compensaba la limitante.
“Pero no poder litigar dos años dice la ley que es porque un magistrado al dejar el cargo, tiene una serie de conexiones que le pueden ser de utilidad al litigar, lo que ya resulta un sin sentido, porque los nuevos jueces son electos, entonces se supone que llegan sin compromisos, elegidos por los ciudadanos”, dijo.
