Ciudad Juárez.- José Luis A. C., dueño del crematorio Plenitud, fue declarado como sustraído de la justicia y el juez que lleva su caso en materia penal libró una orden de aprehensión en su contra, pues el empresario faltó a la audiencia en que se continuaría con la causa penal 3448/2025 tras la revocación del amparo que desde febrero permitió su libertad.

Fue una audiencia breve, que inició puntualmente y en la que la defensa particular de A. C., a cargo del despacho Legal Estudio Jurídico, no presentó argumentos en contra del señalamiento de sustraído de la acción de la justicia, ni en contra de la suspensión del proceso mientras el acusado permanece prófugo.

Al iniciar la audiencia, la defensa señaló que las notificaciones al inculpado se hicieron correctamente, contrario a la audiencia del pasado 15 de mayo, en que se hizo con menos de 48 horas de anticipación. Sin embargo, no informaron si habían tenido comunicación con él.

Por su parte, el Ministerio Público aclaró que se hicieron dos notificaciones, una el 15 y otra el 18 de mayo, por el mismo oficial notificador, y no había datos para justificar su ausencia, por lo que pidió al juez declarar a A. C. como sustraído de la justicia.

El artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece en su capítulo cuarto que “la autoridad judicial declarará sustraído a la acción de la justicia al imputado que, sin causa justificada, no comparezca a una citación judicial (...). En cualquier caso, la declaración dará lugar a la emisión de una orden de aprehensión en contra del imputado (...)”.

Tras la declaración, el juez pidió a medios de comunicación, defensa y asesoría de víctimas dejar la sala de audiencias número 22 de Ciudad Judicial para iniciar una audiencia privada con el Ministerio Público para emitir la orden de aprehensión contra el dueño de Plenitud.

En dicho crematorio, el 26 de junio de 2025 autoridades estatales localizaron 386 cadáveres embalsamados pero en hacinamiento y condiciones indignas, en la colonia Granjas Polo Gamboa. Por el hecho, José Luis A. C. fue procesado el 30 de junio y enviado a prisión preventiva, y después vinculado a proceso el 4 de julio.

El 12 de febrero, un juzgado federal concedió el amparo 746/2025 al dueño del crematorio en el que se aseguraba que no existía delito en los hechos que se imputaron, por lo que no se podía sostener una vinculación a proceso. El 13 de febrero A. C. fue liberado, en atención a ese amparo.

El 8 de mayo el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito revocó ese amparo, por lo que se retomó el proceso penal donde se dejó, para lo cual era necesaria la comparecencia de A. C. en los juzgados del fuero común, lo que no cumplió ni el día 15 de mayo ni ayer.