Ciudad Juárez.- Una Sala Colegiada de Revisión redujo la pena de 60 años que en 2017 fue dictada contra un extorsionador de comerciantes de tiendas de abarrotes, a 20 años, en atención a disposiciones legales de 2023 que disminuyeron el tiempo de prisión para responsables de ese delito.
José Luis Rodríguez Licón fue sentenciado a 60 años de cárcel luego de que en 2014 cobró semanalmente 500 pesos a dos tenderos para evitar que les quemaran el negocio o les hicieran daño a ellos y sus familias. Las extorsiones iniciaron en julio, pero en octubre fueron detenidos por la ciudadanía y casi linchados hasta la llegada de la Policía Municipal, que los detuvo y puso a disposición de la Fiscalía General del Estado (FGE).
Rodríguez Licón y Jorge Alberto de la Cruz Domínguez exigían el pago y amenazaban, además de que aseguraban pertenecer a una célula criminal.
‘‘Le dijeron a mi esposa que no llamara a la Policía, porque si no me iban a quemar la casa o a matar a un familiar. Cuando me vieron a mí, uno de ellos sacó un arma diciéndome que no hiciera nada o si no me iban a matar y cuando mi esposa les dio el dinero salieron corriendo’’, indicó el fiscal al dar lectura a la denuncia durante la audiencia de vinculación a proceso, en noviembre de 2014.
En el acuerdo R47/2025 de la Tercera Sala Penal Regional, publicado el 22 de enero de 2026, se precisa que el 20 de diciembre de 2017 un tribunal Colegiado de Enjuiciamiento dictó sentencia condenatoria y una pea de 60 años de cárcel en el juicio 279/2017.
El acusado luego interpuso un recurso de apelación ante la Cuarta Sala Penal Regional, quien en Sala Colegiada resolvió el toca C-81/2018 la confirmación de la sentencia, el 2 de octubre de 2018.
Hasta el 20 de octubre de 2023 retomó el asunto e interpuso recurso de revisión contra esa decisión, ahora en la Tercera Sala Penal Regional, que el 28 de noviembre de 2023 resolvió la anulación de la sentencia sólo en cuanto a la pena, y bajó de 60 a 30 años de prisión.
Posteriormente el sentenciado volvió a pedir la anulación de la sentencia, pues hubo reformas en el Código Penal del Estado en junio de 2023 que favorecían su situación jurídica.
Las magistraturas de las salas Segunda, Tercera y Cuarta dejaron claro en la nueva resolución que este nuevo recurso no modifica la sentencia condenatoria, pues el delito que se persigue sigue existiendo en la normatividad, pero sí hubo cambios en cuanto a la cuantía de la pena.
Por ello, se dictó un total de 20 años de prisión por parte del magistrado José Luis Chacón Rodríguez y las magistradas Nancy Elizabeth Sánchez Corona y Myrelle Oralia Lozoya Molina. (Diego Villa)
